UNIVERSITAT POLITÈCNICA VALÈNCIA

      

 

 

 

CURSO 2023-2024. PREINSCRIPCIÓN Y ADMISIÓN A ESTUDIOS DE MÁSTERES UNIVERSITARIOS. FASE 0 ANTICIPADA.

 

La preinscripción es un procedimiento competitivo de admisión mediante el que se ordenan todas las solicitudes presentadas y se adjudican las plazas ofertadas para un determinado curso académico. En la UPV existe la posibilidad de preinscribirse anticipadamente con anterioridad al período ordinario –pero formando parte de él- en lo que se ha dado en llamar FASE 0.

- Click aquí para acceder a la Preinscripción.

 

¿A QUIÉN VA DIRIGIDA?

Esta fase, formando parte del procedimiento de preinscripción en su periodo ordinario, está dirigida a los titulados extranjeros sin nacionalidad europea y sin residencia legal en alguno de los estados de la Unión Europea, con objeto de que dispongan, si es el caso, de su admisión en firme con la antelación suficiente para tramitar visados de estudios, becas o permisos.

 

¿CUÁNDO SE ABRE?

Sólo a los efectos indicados, y a instancia de las Comisiones Académicas de los respectivos másteres que lo soliciten, se abre anticipadamente la aplicación de preinscripción (aproximadamente desde el mes de noviembre). En la página web de la Unidad de Máster del Servicio de Alumnado se publica la relación de Entidades Responsables de Títulos de Másteres (ERT) que deciden abrir Fase anticipada, junto con su correo de contacto. La Fase 0 no es de aplicación a los másteres habilitantes.

- Click aquí para acceder a la Preinscripción.

 

¿CÓMO SE REALIZA LA SOLICITUD DE PREINSCRIPCIÓN?

La solicitud se realizará a través del formulario electrónico disponible a través de Internet:  http://www.upv.es/preinscripcionmaster. Si no tiene clave, el primer paso es solicitarla a través del link anterior y la recibirá lo antes posible a través de su correo electrónico. Dicha clave es imprescindible para poder realizar la preinscripción. Cada persona interesada sólo podrá realizar una única solicitud, pudiendo elegir hasta un máximo de 4 opciones entre las titulaciones ofertadas, indicando su orden de preferencia. 

 

¿QUÉ DOCUMENTACIÓN ES NECESARIA PARA LA PREINSCRIPCIÓN?

La documentación necesaria para el análisis de la solicitud debe grabarla directamente en formato electrónico (pdf) en la solicitud vía web. La documentación necesaria (traducida al castellano, en su caso) que debe aportar es la siguiente:

a) Identificador (Pasaporte o Documento identificativo del país de origen)

b) Título universitario extranjero aportado para el acceso, o de la Certificación acreditativa de su expedición.

c) Copia de la Certificación académica expedida por la Institución universitaria en la que cursaste los estudios y en la que se concrete: duración oficial en años académicos de los estudios cursados, asignaturas superadas, calificación obtenida en las mismas y carga horaria de cada una de ellas.

d) Certificado expedido por la Institución indicada en el apartado anterior, en la que se concrete que el título aportado posibilita para el acceso a los estudios oficiales de posgrado en el país correspondiente.

e) Un currículum vitae (u hoja de vida) en formato de la Unión Europea (puedes descargarlo en http://www.upv.es/entidades/SA/mastersoficiales/592623normalc.html

f) Algunos másteres solicitan documentación adicional, es recomendable visitar el apartado del máster en concreto en su microweb: http://www.upv.es/entidades/SA/mastersoficiales/ERT.pdf

g) Podrá ser requerida en su caso, la aportación de los programas de las asignaturas superadas. 

 

Traducción al castellanoTodos los documentos expedidos en idioma extranjero por las autoridades competentes del país de procedencia deberán acompañarse de la traducción al español, que podrá hacerse:

 

a) Por cualquier representación diplomática o consular del Estado español en el extranjero.

b) Por la representación diplomática o consular en España del país de que es súbdito el solicitante o, en su caso, del de procedencia del documento.

c) Por traductor jurado, debidamente autorizado o inscrito en España.

 

TASAS APLICABLES

El art. 18.2 del RD 822/2021 permite el acceso a estudios de máster de titulados conforme a sistemas educativos ajenos al Espacio Europeo de Educación Superior (EEES) sin necesidad de homologación de sus títulos, previa comprobación por la Universidad (en la UPV esta comprobación la realiza la Comisión Académica del máster correspondiente) de que acreditan un nivel de formación equivalente a los correspondientes títulos universitarios oficiales españoles facultando el acceso a enseñanzas de posgrado en el país expedidor de su título. El acceso por esta vía no implica en ningún caso la homologación del título extranjero.

 

Un solicitante puede acreditar que el título extranjero que aporta ha sido homologado por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte mediante la presentación de la correspondiente credencial de homologación expedida por este ministerio. Si no aporta tal credencial, el título extranjero ajeno al EEES debe ser objeto de la mencionada comprobación por parte de la UPV.

 

La Ley de Tasa de la Generalitat Valenciana ha establecido el pago de una tasa como requisito para llevar a cabo la citada comprobación de equivalencia de las titulaciones extranjeras con las oficiales españolas, siendo el importe actual de 139,70 €. Así pues, los estudiantes que accedan mediante un título universitario extranjero no homologado expedido en un sistema educativo ajeno al EEES les es posible abonar la tasa mediante el pago seguro con tarjeta de crédito (TPV) o imprimiendo el recibo y pagándolo en una oficina de Caixabank en España. 

 

Además existe la posibilidad de pagar a través de la plataforma Flywire, especialmente recomendado para alumnado internacional. Esta plataforma de pago está disponible para aquellos recibos que soportan la forma de pago por TPV y además cuyo titular está fuera de la Unión Europea. En estos casos, durante el proceso de pago de la UPV se mostrará una opción para iniciar el pago por Flywire.

 

Características de Flyware:

 

- Múltiples opciones de pago, incluyendo métodos locales.

- Pago en moneda local.

- Mejor precio garantizado en los pagos enviados por transferencia bancaria.

- Red de pagos segura y de confianza que opera en 220 países y 100 divisas.

Seguimiento del estado de pago en tiempo real.

- Soporte 24/7. Servicio de atención al cliente multilingüe.

- Tutorial: Cómo hacer tu pago con Flywire. https://vimeo.com/153781014

 

El pago de esta tasa es indispensable para completar el proceso de preinscripción. En consecuencia, la Comisión Académica del Máster sólo podrá valorar y resolver a través del menú de Gestión Responsable de Máster, las solicitudes de preinscripción de estudiantes con titulaciones extranjeras que no sean del EEES cuando esta tasa haya sido abonada por el solicitante. En caso contrario la solicitud de preinscripción quedará anulada. En este sentido, si ha lugar y únicamente en la Fase 0, el solicitante recibe un correo electrónico informándole de que ya han pasado 15 días desde que efectuó su solicitud de preinscripción sin haber abonado la tasa, y advirtiéndole de que transcurridos 7 días más sin existir constancia del pago, se procederá de forma automática a la anulación de su solicitud.

 

Sólo en el caso de que el solicitante aporte estudios mixtos, extranjeros y estudios españoles o del EEES, y la Comisión Académica del Máster le haya admitido en base a los estudios extranjeros aportados y no por los estudios españoles o del EEES, el pago de la tasa se efectuará tras la admisión generándose un recibo en su preinscripción cuyo abono es requisito previo para formalizar la matrícula. La tasa se genera una única vez para todas las solicitudes de preinscripción realizadas, atendiendo a la tipología de estudios a los que se quiere acceder (en el caso concreto que nos ocupa, por acceso a los estudios de máster).

 

De esta forma, si el interesado volviera a preinscribirse en otro curso académico, aportando al menos los mismos estudios de acceso extranjeros objeto de estudio anterior, no volvería a pagar la tasa. Conviene señalar que en el supuesto de que un solicitante haya abonado la tasa de equivalencia de titulaciones extranjeras en otra Universidad, quedará exento del abono de la misma siempre que así solicite la exención mediante instancia dirigida al Vicerrectorado de Alumnado, Cultura y Deporte y presentada en Registro General de la UPV (preferentemente), a la que deberá adjuntar constancia del abono de la citada tasa y resolución favorable de equivalencia con indicación de la titulación aportada.

 

La exención del abono de la tasa quedará así misma sujeta a la comprobación de la fecha de pago en ambas Universidades, correspondiéndole abonar a la UPV sólo en el caso de constatar que la fecha de pago en esta Universidad es posterior a la realizada en cualquier otra.

 

Es muy importante que a la hora de formalizar su preinscripción grabe correctamente los estudios extranjeros aportados (nombre de la titulación y universidad expedidora del título) para el acceso a los estudios de máster. 

 

CÓMO FUNCIONA

- Click aquí para acceder a la Preinscripción.

Una vez preinscrito, el Director Académico del máster correspondiente podrá contactar con usted a efectos de reclamarle documentación adicional o las aclaraciones oportunas. Tratándose la preinscripción de un proceso competitivo, es posible que no se pueda comprometer la admisión de solicitantes hasta disponer de todas las solicitudes con objeto de seleccionar aquellos interesados con mejor expediente académico.

 

Es por ello que la Comisión Académica del Máster, a la vista de su solicitud y de la documentación aportada, podrá admitir o acumular su solicitud junto con las solicitudes del período ordinario, teniendo en cuenta el número de plazas ofertadas por el máster y la demanda del mismo.

 

- El informe favorable sobre el nivel de equivalencia de los estudios extranjeros y la admisión del solicitante por parte de la Comisión Académica del Máster lleva consigo la generación de la Resolución Rectoral Condicionada a favor del interesado. En ella se autoriza al interesado para el acceso a los estudios de máster así como a la admisión a los estudios del máster correspondiente. Dicha resolución no es definitiva por estar condicionada a la aportación por el solicitante de originales (debidamente legalizados/apostillados) y copias o copias legalizadas (por vía diplomática española) de los documentos no originales utilizados para el proceso de preinscripción, teniendo de plazo hasta el 31 de diciembre del primer curso en que efectúa matricula en la UPV.

 

En caso de que no aporte esta documentación en el plazo señalado, se procederá a dejar sin efecto su admisión al máster no pudiendo ser formalizada su solicitud de matrícula. Podrá descargarse la citada Resolución Rectoral Condicionada entrando en su preinscripción tras recibir un correo electrónico de la Dirección del Máster comunicándole la admisión. Aportada la documentación requerida se expedirá la Resolución Rectoral Definitiva. Por correo electrónico se le comunicará que puede retirarla en la Secretaría de su centro. 

 

- Si su solicitud no ha sido resuelta () por cualquier circunstancia, se incorporará de oficio a la fase ordinaria de preinscripción para su valoración y evaluación junto con el resto de solicitudes recibidas en esta, sin necesidad de acción alguna por su parte.

 

La Comisión Académica del Máster también puede rechazar su solicitud. En este caso ya no podrá realizar nueva preinscripción para ese máster en las Fases posteriores (Fases A y B), salvo que haya cambiado su situación o quiera aportar una nueva titulación. En este último caso deberá ponerse en contacto con la Unidad de Máster del Servicio de Alumnado para regularizar su situación. Puede conocer en cualquier momento el estado de su solicitud a través de la web de acceso al formulario electrónico de solicitud de preinscripción (Consulta estado de la solicitud de preinscripción). 

 

PROCEDIMIENTO PARA LA LEGALIZACIÓN POR VÍA DIPLOMÁTICA

Para la legalización de documentos por vía diplomática, los deberá presentar en: 

 

1. El Ministerio de Educación del país de origen para títulos y certificados de estudios, y en el ministerio correspondiente para certificados de nacimiento y nacionalidad.

2. El Ministerio de Asuntos Exteriores del país donde se expidieron dichos documentos.

3. La representación diplomática o consular de España en dicho país.

4. La Sección de Legalizaciones del Ministerio Español de Asuntos Exteriores (atención al público: C/ Padilla, 46, Madrid). Si el país donde has cursado tus estudios ha suscrito el Convenio de La Haya, no es necesario realizar la anterior legalización, siendo suficiente que las autoridades competentes del citado país extiendan la oportuna apostilla. Los documentos expedidos por autoridades diplomáticas o consulares de otros países en España deben legalizarse en el Ministerio Español de Asuntos Exteriores. No se exige la legalización de los documentos originales expedidos en Estados miembros de la Unión Europea, signatarios del acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo o acuerdo bilateral con la Unión Europea:

 

- Estados miembros de la Unión Europea: Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Chipre, Croacia, Dinamarca, Eslovenia, España, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Holanda, Hungría, Irlanda, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Polonia, Portugal, Reino Unido, República Checa, República Eslovaca, Rumania y Suecia. 

- Estados Signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo: Islandia, Liechtenstein y Noruega.

- Suiza, por acuerdo bilateral con la Unión Europea.